Casos prácticos del Complemento por jubilación demorada con la reforma de 2022

Vamos a explicar qué es el complemento por jubilación demorada, y a mostrar tres ejemplos prácticos del cálculo de una pensión de jubilación.

Complemento por jubilación demorada. ¿Qué es?

Cuando se acceda a la pensión de jubilación a una edad superior a la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento, siempre que al cumplir esta edad se hubiera reunido el período mínimo de cotización exigido, se reconocerá al interesado por cada año completo cotizado desde que reunió los requisitos para acceder a esta pensión, un complemento económico.

¿Como afecta la reforma de este 2022 al cálculo del complemento de demora?

Vamos a mostrar tres ejemplos prácticos del cálculo de una pensión de jubilación con complemento de demora por la prolongación de la vida laboral del trabajador/a más allá de la edad ordinaria de jubilación.

Jubilación demorada

Ejemplo práctico Nº1

Primer caso del Complemento por jubilación demorada

Trabajador/a con 3 años de prolongación de la vida laboral, pero sin que la base reguladora este por encima del tope de pensión ni, aunque se sume el porcentaje de demora.

Nota: Para ilustrar el caso, mostraremos la pantalla de resultados de nuestra aplicación con el detalle del cálculo desplegado.

Vamos a centrarnos en el detalle del cálculo.

Si nos centramos en el detalle, podemos ver el año en que se solicita la jubilación “2022”, y que no tiene la vida laboral completa ya que solo acredita 29 años cotizados, la edad ordinaria de jubilación para los trabajadores sin la vida laboral completa es de 66 años y 2 meses, nuestro trabajador/a tiene una edad de 69 años a esa fecha por tanto puede jubilarse.

Ahora, si seguimos observando lo que nos muestra la pantalla de resultados, podemos ver que el trabajador/a podría jubilarse ordinariamente en julio de 2018 ya que esa fecha la edad ordinaria de jubilación sin la vida laboral completa es de 65 años y 6 meses y nuestro trabajador/a los cumple.

Entre julio de 2018 y enero de 2022 han transcurrido más de tres años completos, pero sin llegar a completar un cuarto año por tanto nos podremos aplicar el beneficio de 3 años de prolongación.

Tal como se indica también el porcentaje con esta nueva reforma de 2022 es de un 4%, con lo que multiplicado por 3 años obtenemos un 12% de mejora.

Se aplica este 12% de mejora al porcentaje de jubilación que nos da nuestra vida laboral (84,04 %) y es el porcentaje final de 96,04%, este porcentaje es el que al aplicarlo sobre la base reguladora nos da el resultado final de nuestra jubilación los 1.973,72 €

Si el trabajador/a no hubiera demorado su jubilación solo podría beneficiarse de los 25.52 años cotizados que tenía en el momento de su jubilación ordinaria en julio de 2018, y su porcentaje de cotización hubiera sido del 76,46%, con lo que aplicado a su base reguladora produciría un importe final de 1.529,62 €.

En resumen, prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto:
1973,72-1529,62 =  444,10 € de incremento en su pensión de jubilación.

Jubilación demorada. Caso práctico 1

Prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto:
444,10 € de incremento en su pensión de jubilación.

Jubilación demorada

Ejemplo práctico Nº2

Segundo caso del Complemento por jubilación demorada

En este caso, estudiaremos un trabajador/a con 3 años de prolongación de la vida laboral y que llega sobradamente al tope de pensión.

Para ello, nos volveremos a centrar en el detalle de nuestra aplicación de ese supuesto.

Para conseguir los parámetros de ese supuesto, hemos aumentado la vida laboral del trabajador/a y le hemos subido las bases al máximo.

Vamos a ver ahora en el detalle del cálculo como se ha obtenido el importe de la jubilación.

Lo primero que observamos con diferencia al supuesto anterior es que aquí el trabajador/a sí que cumple con la vida laboral completa al cumplir los 65 años y por tanto esa es la fecha en la que comenzara la prolongación de su vida laboral.

Con lo que en este supuesto el trabajador/a si que tiene derecho a un cuarto año completo de demora.

Como podemos observar también el trabajador/a al estar en máximos supera su base reguladora el tope máximo de pensión para ese año 2022, con lo que su pensión estará topada a ese máximo que en el año 2022 es de 2819,18 €, ahora bien la ley nos dice que ese porcentaje adicional se aplicara sobre el tope máximo para determinar esa cuantía adicional, es imnportante recalcar que se aplicara sobre el tope máximo no sobre la base reguladora.

 

  • Trasladando todo lo comentado anteriormente a los cálculos vemos que la mejora de la pensión de ese trabajador/a por haber demorado su jubilación hasta los 69 años es de: 3270,25 – 2819,18 = 451,07 € de incremento en su pensión de jubilación.

Jubilación demorada. Caso práctico 2

En resumen, prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto:
451,07 € de incremento en su pensión de jubilación.

Jubilación demorada

Ejemplo práctico Nº3

Tercer caso del Complemento por jubilación demorada

Por último, estudiaremos un tercer caso, que es el que puede dar más complicaciones para entender su cálculo, en este supuesto el trabajador/a no llega con su vida laboral a la edad ordinaria a ser beneficiario/a del tope máximo de pensión, pero si que lo consigue aprovechando una parte del porcentaje adicional de demora.

Para ilustrar el caso mostraremos una vez más la pantalla de resultados de nuestra aplicación con el detalle del cálculo desplegado.

Para conseguir los parámetros de ese supuesto hemos modificado la vida laboral para que no llegará a la vida laboral completa y el importe de las bases para que estuviera en topes máximos.

Vamos a ver ahora en el detalle del cálculo como se ha obtenido el importe de la jubilación.

En el detalle vemos que como en el primer supuesto el trabajador/a no llega a la vida laboral completa al cumplir los 65 años de edad y por tanto su fecha de jubilación ordinaria se desplaza hasta los 65 años y 6 meses, y al igual que en el primer supuesto solo obtendremos 3 años completos de demora.

Al aplicar el coeficiente del 4% por cada año de demora obtenemos un 12% de bonificación.

La base reguladora esta por encima del tope máximo de pensión, pero como no tiene la vida laboral completa al aplicar el coeficiente de cotización la pensión resultante 2645,29 € esta por debajo de ese tope máximo fijado en 2819,18 € para 2022.

Qué nos dice la ley que debemos hacer en estos casos, pues en el redactado se especifica:

» Una cantidad que se obtendrá aplicando al importe máximo vigente en cada momento el porcentaje adicional no utilizado para determinar la cuantía de la pensión, redondeado a la unidad más próxima por exceso. La citada cantidad se devengará por meses vencidos y se abonará en catorce pagas. La suma de su importe y el de la pensión o pensiones que tuviera reconocidas el interesado, en cómputo anual, no puede superar la cuantía del tope máximo de la base de cotización vigente en cada momento, también en cómputo anual.

Texto extraído de la web de la seguridad social www.seg-social.es

Pues buscaremos que porcentaje adicional necesitaremos con nuestra base reguladora para llegar al tope máximo de pensión.

 

  • Al dividir el tope máximo de pensión por nuestra base reguladora, sabemos el porcentaje que necesitaríamos para llegar ese tope máximo, en este caso:
    2819,18 / 2910,75 = 96,85 %
  • Con la vida laboral del trabajador/a su porcentaje de cotización es del 90,88, con lo que restando el necesario de este porcentaje de cotización obtenemos el porcentaje de demora que necesitaremos para llegar al tope máximo:
    96,85 – 90,88 = 5,97 %
  • Como el trabajador/a prolongando su vida laboral puede beneficiarse de 12% de demora tiene un exceso de: 12 – 5.97 = 6,03 % de porcentaje de demora no utilizado, y su unidad por exceso más cercana es el 7.
  • Con lo que aplicando este 7% sobre el tope máximo de pensión obtenemos una mejora en la pensión de jubilación de: 2819,18 * 7% = 197,34 €
  • Para una pensión definitiva de 2819,18 + 197,34 = 3.016,52 €
  • Con las mismas bases, pero reduciendo su vida laboral hasta su edad ordinaria de jubilación en 2018, el trabajador/a hubiera percibido una pensión de 2.268,22 € con lo que la demora de la jubilación hasta los 69 años le ha repercutido en:
    3016,52 – 2268,22 = 748,30€ de mejora en su pensión de jubilación.

Jubilación demorada. Caso práctico 3

En resumen, prolongar la vida laboral a este trabajador/a le ha supuesto:
748,30€ de mejora en su pensión de jubilación.

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